diputadosleypaintball

De acuerdo a los trascendidos, hoy jueves 13 de diciembre de 2012, la Cámara de Diputados bonaerense tratará el proyecto de Ley (D- 757/10-11- 0) que establece la prohibición a los menores de 21 años de realizar cualquier actividad que tiene por objeto el desarrollo del juego de la guerra, como el paintball y sus variantes, y otros donde se usen réplicas de armas accionadas por aire comprimido o gases.
La iniciativa de ex diputado Gabriel Villegas, sufrió modificaciones en el Senado, volvió a la Cámara de Diputados, y en la sesión de hoy jueves está previsto que la convierta en ley.
La norma también prevé que los mayores de 21 años deberán contar con un permiso otorgado por el Ministerio de Seguridad de la Provincia para lo cual tendrán que presentar los mismos requisitos que se piden para la tenencia de armas de fuego.
En tanto que los predios donde se practica esta actividad deberán poseer habilitación de la Secretaria de Seguridad, o la dependencia que el Poder Ejecutivo designada según la reglamentación de la Ley.
APOYÁ EL DEPORTE!
Queremos canalizar todos los reclamos y lograr la fuerza suficiente para ser escuchados e impedir este atropello al deporte. Recibimos todo el apoyo que cada uno pueda brindarnos, desde contactos telefónicos, hasta la convocatoria de referentes de otras disciplinas deportivas que deseen apoyar nuestra lucha.
Comunicarse con nuestra Subcomisión de Prensa, Publicidad y Relaciones Institucionales o con cualquier miembro de la Asociación para que todo sea un sólo y único esfuerzo coordinado.
Notas y más información: prensa@aapaintball.com.ar – Tel: (011) 155.713.1313
LAS RAZONES DEL RECHAZO:
Creemos firmemente que este proyecto, además de que arruinaría la industria del paintball y aniquilaría el deporte, tiene serias falencias:
1.- Va en contra del Código Civil, que establece la mayoría de edad a partir de los 18 años, no de los 21.
2.- Carece de base científica, pues fija una edad caprichosa en los 21 cuando lo estudios médicos, psicológicos y ergonómicos que ha realizado la Asociación Argentina de Paintball recomiendan la práctica de este deporte a partir de los 14 años.
3.- Carece de fundamentación, dado que el Dip. Villegas, al presentar sus motivos, copió y pegó, sin coherencia alguna, información tomadas de campos de paintball en México y normas internacionales acerca de la participación de los menores en la guerra, lo que no tienen relación alguna con el tema a tratarse.
4.- Va en contra de la Ley Nacional del Deporte, a la cual se ha adherido la Provincia de Buenos Aires, que manda a que los estados provinciales fomenten y apoyen lapráctica deportiva. El Paintball está reconocido como deporte por la Confederación Argentina de Deportes desde 2006, año en que la Asociación Argentina de Paintball fue afiliada a ese organismo.
5.- Viola normas constitucionales e internacionales de rango constitucional contenidas en los arts. 14 de la Constitución Nacional y 27 de la de la Provincia de Buenos Aires (derecho a ejercer industria lícita), art. 24 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (derecho al disfrute del tiempo libre), art. 15 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (derecho a la honesta recreación y a la oportunidad de emplear útilmente el tiempo libre en beneficio de mejoramiento espiritual, cultural y físico), arts. 7 y 12 del Pacto Internacional Sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (derecho al disfrute del tiempo libre y al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental), art. 31 de la Convención Sobre los Derechos del Niño (derecho al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad).
6.- Viola normas específicas contenidas en la Convención Sobre los Derechos del Niño al negar a los padres del menor la potestad de decidir si es conveniente o no para su hijo la práctica de este deporte con miras a su mejor desarrollo físico y espiritual.
7.- Carece de previsión en cuanto a sus efectos. Ya en el estado australiano de Victoria, en 1996, se sancionó una norma similar. No consiguió más que destruir la industria del paintball y que todos los jugadores migraran a armas de fuego. El propio Jefe de Policía de ese estado pidió a los legisladores la derogación de la norma y de hecho se la derogó, pues la situación era alarmante y se había conseguido precisamente aquello que se pretendía evitar. Además, al exigir permiso igual el de tenencia de armas de fuego, estaríamos pidiéndole a cualquier que quiera jugar que previamente aprendiera a disparar un arma, precisamente lo que se quiere evitar.
8.- Es persecutoria, pues no logrará que los delincuentes no puedan acceder al paintball, si no que las personas honestas se vean privadas de practicar su deporte preferido.
9.- Pierde una invaluable oportunidad de regular muchos aspectos que sí necesitan regulación, como ser normas técnicas y de seguridad que la Asociación Argentina de Paintball conoce y promueve y que este proyecto sencillamente ignora.
10.- Destruye el semillero de deporte, pues si nuestros jugadores podrán comenzar a entrenar recién a los 21 años, no tendremos forma de competir internacionalmente y de poner a nuestro país entre los primeros puestos latinoamericanos, con el consecuente perjuicio para la imagen internacional de la Argentina.
11.- Genera perjuicios económicos, no solamente a los operadores comerciales (pues poca gente iría a jugar por primera vez si tuviera que obtener un permiso del gobierno) si no también a las municipalidades que pierden fuentes de trabajo e ingresos derivados de los impuestos de la actividad.
12.- No es producto de un debate, dado que el Dip. Villegas, tras haberse comprometido a trabajar con nosotros, faltó a su palabra y solicitó el tratamiento «sobre tablas», perdiéndose así la oportunidad de que la norma surgiera de un intercambio democrático de ideas.
13.- Va contra disposiciones del Re.N.Ar., que ya ha emitido dos dictámenes declarando que las marcadoras de paintball no son armas y están exentas de su régimen legal.
PROYECTO ALTERNATIVO FUNCIONANDO
Por todo ello es que rechazamos este proyecto y lucharemos para que se presente en su lugar el proyecto alternativo que hemos elaborado desde nuestra Asociación, y que ya se encuentra aprobado en distritos como Escobar y Campana (prov. De Buenos Aires) y en la mismísima Ciudad de Córdoba.

Visited 113 times, 1 visit(s) today