COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS 2021/2022
Revisores de Cuentas Titulares:
Sr. Hugo Carlos Lucero
Sr. Nelson Conde
Sr. Gustavo Alanis
Revisor de Cuentas Suplente:
Sr. Silvio Spada
De acuerdo a lo establecido en el ARTICULO VIGÉSIMO TERCERO del Estatuto de esta Asociación, son deberes y atribuciones de la Comisión Revisora de Cuentas:
a) Examinar los libros y documentos de la sociedad por lo menos cada tres meses;
b) Asistir con voz a las sesiones del órgano directivo cuando lo considere conveniente;
c) Fiscalizar la administración comprobando frecuentemente el estado de la caja y la existencia de los títulos, acciones y valores de toda especie;
d) Verificar el cumplimiento de las leyes, estatuto y reglamentos, especialmente en lo referente a los derechos de beneficios sociales;
e) Dictaminar sobre la Memoria, Inventario, Balance General y Cuadros de Gastos y Recursos presentados por la Comisión Directiva;
f) Convocar a Asamblea General Ordinaria cuando omitiera hacerlo el órgano directivo;
g) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamenten su pedido en conocimiento de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas cuando se negare a acceder a ello la Comisión Directiva;
h) En su caso, vigilar las operaciones de liquidación de la sociedad y el destino de los bienes sociales.
La Comisión Revisora de Cuentas cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezcan la regularidad de la administración social, siendo responsable por los actos de la Comisión Directiva violatorios
de la ley o del mandato social, si no dan cuenta del mismo a la asamblea correspondiente, o en su actuación posterior a ésta siguiere silenciando u ocultando dichos actos.
Deberán sesionar al menos una vez por mes, y de sus reuniones deberán labrarse actas en un libro especial rubricado al efecto. Si por cualquier causa quedara reducida a dos de sus miembros, una vez incorporado el suplente, la Comisión Directiva deberá convocar, dentro de los quince (15) días a Asamblea para su integración, hasta la terminación del mandato de los cesantes.